Corresponde a la Comisión de Reclamaciones conocer las que se interpongan contra las propuestas de las comisiones de selección de profesorado acreditado. La Comisión de Reclamaciones valorará la reclamación y elevará informe vinculante a la Rectora o Rector, que será motivado, con voto nominal y constancia, en su caso, de los votos disidentes. (art. 166 Estatutos UZ)